Resumen del Real Decreto‑ley 9/2025, de 29 de julio, publicado en el BOE el 30 de julio de 2025
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Modifica la normativa laboral y de Seguridad Social para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación familiar y profesional.
Qué cambia en permisos parentales
Permiso por nacimiento y cuidado (sector privado y público)
- Se amplía de 16 a 19 semanas por progenitor, todas retribuidas al 100 % a cargo de la Seguridad Social
- De esas 19 semanas:
- 17 semanas son por nacimiento y cuidados iniciales.
- 2 semanas adicionales de carácter flexible, que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
- Familias monoparentales: pasan a tener un total de 32 semanas de permiso (igual retribución), de las cuales 4 son flexibles hasta los 8 años del menor
- El Gobierno se compromete a alcanzar 20 semanas en total antes de finalizar la legislatura
En el empleo público
- 19 semanas igualmente para nacimiento/adopción/guarda, de las cuales:
- 17 semanas para nacimiento y cuidados.
- 2 semanas de cuidado parental del menor.
- Además, se establece un permiso parental no retribuido de 8 semanas
Vigencia y aplicabilidad
- Entrada en vigor: 31 de julio de 2025
- Aplicación retroactiva: las dos semanas adicionales flexibles (o cuatro en familias monoparentales) se aplican para nacimientos o adopciones desde el 2 de agosto de 2024. Su disfrute podrá solicitarse desde el 1 de enero de 2026
Estas disposiciones entran en vigor el 31 de julio de 2025. La aplicación retroactiva comienza el 2 de agosto de 2024, y se podrán reclamar las semanas flexibles desde el 1 de enero de 2026.
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Fecha publicación: 7/30/2025
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