Los mutualistas jubilados, por fin podrán cobrar de hacienda!!

Quién puede beneficiarse de esta devolución?

Los mutualistas jubilados que cotizaron a una mutualidad laboral obligatoria antes de 1979 (entre 1967 y 1978, y en algunos casos hasta los años 80 o 90). Están cobrando una pensión pública (Seguridad Social o clases pasivas). Declararon su pensión en la Renta entre los años 2019 y 2022. Tributaron de más en el IRPF porque Hacienda no aplicó una reducción del 25%, que ahora ha sido reconocida por los tribunales.

Pueden recuperar hasta 4.000 euros por año, en un único pago.
Esto se aplicará automáticamente para los años 2019, 2020, 2021 y 2022.

Para solicitar la devolución no es necesario presentar una reclamación completa. Solo hay que rellenar un formulario de apoderamiento en la web de la Agencia Tributaria. Ese formulario autoriza a Hacienda a revisar los datos y calcular automáticamente la devolución. Si ya se presentó el formulario para 2019, se aplicará automáticamente a los años posteriores (2020, 2021 y 2022), siempre que no se haya presentado antes del 22 de diciembre de 2024.


 Importante a mirar que:

  • Los apoderamientos presentados antes del 22 de diciembre de 2024 ya no son válidos.
  • También se anulan los procedimientos de devolución iniciados antes de esa fecha si no se había acordado aún el pago.

 

"Contáctenos para solicitar la devolución."

Fecha publicación: 8/6/2025

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