Modelo 179
Modelo 179

La nueva forma de controlar los alquileres turísticos

El negocio de los alquileres turísticos sigue creciendo y se ha convertido en un refugio de economía sumergida. La poca información que plataformas como Airbnb o Booking facilitaban a Hacienda y el hecho de que los clientes fueran en su mayoría turistas facilitaba que no se declararan los ingresos que se recibían por este tipo de arrendamientos.

Con el fin de prevenir el fraude en esta actividad y controlar los alquileres turísticos se ha aprobado el Modelo 179. A continuación lo explicamos detalladamente:

1. Quién está obligado a la presentación de la Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (Modelo 179)

Los obligados a su presentación son las empresas que intermedian entre el propietario y el inquilino. Está enfocado, sobre todo, a las plataformas colaborativas, por lo que los propietarios o cedentes no tienen que realizar esta declaración.
Sin embargo, los propietarios siguen estando obligados, como hasta ahora, a declarar todos sus ingresos por arrendamiento turístico en su Declaración de la Renta anual. Esta no es una obligación nueva.

2. Cuándo se presenta

La presentación por parte de las empresas será trimestral, excepto la de 2018 que se realizará durante enero de 2019.

3. Información que contiene

Este modelo requiere información exhaustiva de los datos del inmueble, de su titular y del servicio prestado. En concreto, se deben declarar los siguientes datos:

– Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto que el titular principal) y de las personas o entidades cesionarias.
– Identificación del inmueble.
– Número de días de disfrute de la vivienda.
– Importe recibido por el arrendamiento.
– Fecha de inicio de la cesión.
– Fecha de intermediación en la operación.
– Identificación del medio de pago.

En conclusión, este modelo no supone un aumento de las formalidades para los propietarios de los inmuebles, ya que son las empresas intermediadoras quienes tendrán que presentarlo. Resulta un control efectivo de que los propietarios o cedentes de los inmuebles declaran todos los ingresos percibidos en su renta y así evitar el fraude fiscal en este tipo de actividad.

Cabe recordar la obligatoriedad de cualquier contribuyente de presentar la Declaración de la Renta si percibe ingresos por el arrendamiento, independientemente del importe de los mismos. La no declaración de estos ingresos puede acarrear sanciones y, ahora, con el nuevo Modelo 179 va a estar mucho más controlado.

Fecha publicación: 30/11/2018

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