Todo sobre la fiscalidad de las cestas y cenas de navidad

 

Los regalos y cestas de Navidad son costumbre en muchas empresas. Mientras formen parte de los usos y costumbres de las empresas, las cestas navideñas tendrán la consideración de partida deducible a efectos del IS. Por lo tanto resulta clave a la hora de deducir el gasto en el Impuesto de Sociedades si en la empresa donde se produce el regalo es una tradición, o no. Por lo tanto, si todos los años se entregan cestas y regalos de navidad estaremos ante un gasto deducible en el IS. Esto se tiene que poder demostrar con facturas de gastos similares los años anteriores y posteriores. En empresas de nueva creación que no se podrá demostrar la asiduidad o costumbre, las cesas y regalos de Navidad no se podrá deducir el gasto.

Si lo habitual de una empresa es obsequiar al personal o clientes con una cesta de Navidad, igualmente el gasto será deducible porque corresponde a una costumbre de la entidad, siempre que cumpla el resto de requisitos mencionados. Las cuotas  soportadas de IVA no serán deducibles y la entra de las mismas no estará sujeta  a impuesto.

 

¿Es deducible la factura de la cena de Navidad de la empresa?

Hay dos cuestiones: si se puede deducir el IVA DE LA FACUTRA y si se puede deducir el GASTO EN IMPUESTO SOCIEDADES.

  1. En relación al IVA, se establece en el artículo 96 que no podrán ser objeto de deducción las cuotas soportadas por autoconsumo, arrendamiento o utilización…Por lo tanto, las facturas de las cenas o comidas de empresa de Navidad NO SON DEDUCIBLES.
  2. En relación el IS, para saber si la factura por la comida es deducible debemos consultar el artículo 15 e) del impuesto, que estable que no tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles los donativos  y liberalidades. No obstante, la propia normativa no considera donativos y liberalidades, por lo que si serían fiscalmente deducibles. los gastos por atenciones a clientes o proveedores ni los que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa ni los realizados para promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes y prestación de servicios, ni los que se hallen correlacionados con los ingresos”.

Por lo tanto para que la comida o cena de navidad sea gasto fiscalmente deducible, además de cumplir los requisitos generales indicados anteriormente para cualquier gasto de la actividad, debe formar parte de los usos y costumbres de la empresa con respecto a su personal.

Muy importante: los gastos por atenciones a clientes o proveedores serán deducibles con el límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo en que se produzcan.

RESUMEN

Si una empresa tiene como costumbre celebrar una comida o cena con sus empleados, el gasto soportado será deducible, siempre que cuente con los justificantes necesarios y cumpla el resto de requisitos. Por lo contrario las cuotas soportadas de IVA no serán fiscalmente deducibles.

 

¿Cómo tributan las cestas en las nóminas de los trabajadores?

Las cestas a los trabajadores son retribuciones en especie, no exentas y como tal deben de incluirse en la nómina de los trabajadores ingresando mediante el modelo 111 los correspondientes pagos a cuenta en el IRPF.  Esto quiere decir que en el recibo de la nómina se tiene que descontar el correspondiente pago a cuenta por la entrega de nuestra cesta de Navidad.

Pese a la teoría esto como tal, no suelen realizarlo las empresas.

Fecha publicación: 25/11/2021

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